Edad de jubilación en España 2026: requisitos y años cotizados

¿A qué edad te puedes jubilar en España? La respuesta depende de cuántos años hayas cotizado, no es una cifra fija para todo el mundo. En este artículo te explicamos, con los datos oficiales de 2026, la edad exacta que te corresponde, cuántos años mínimos hay que haber cotizado, y cómo se solicita la jubilación paso a paso.

Toda la información está verificada directamente contra el Real Decreto Legislativo 8/2015 (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) y la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

La edad de jubilación en 2026: 65 o 66 años y 10 meses, según lo cotizado

Según la Disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social («Aplicación paulatina de la edad de jubilación y de los años de cotización»):

  • Si tienes 38 años y 3 meses o más cotizados → puedes jubilarte a los 65 años.
  • Si tienes menos de 38 años y 3 meses cotizados → la edad ordinaria es 66 años y 10 meses.

2026 es el penúltimo escalón de un calendario de aumento gradual que arrancó en 2013. Culmina en 2027 con la regla definitiva del artículo 205.1.a de la ley: «Haber cumplido sesenta y siete años de edad; o sesenta y cinco años cuando se acrediten treinta y ocho años y seis meses de cotización.»

Evolución de la edad de jubilación 2013-2027

Así ha ido subiendo la edad ordinaria de jubilación año a año, según la Disposición transitoria séptima:

AñoCon el mínimo de años cotizados exigidoSin alcanzarlo
201365 años65 años y 1 mes
201465 años65 años y 2 meses
201565 años65 años y 3 meses
201665 años65 años y 4 meses
201765 años65 años y 5 meses
201865 años65 años y 6 meses
201965 años65 años y 8 meses
202065 años65 años y 10 meses
202165 años66 años
202265 años66 años y 2 meses
202365 años66 años y 4 meses
202465 años66 años y 6 meses
202565 años66 años y 8 meses
202665 años66 años y 10 meses
2027 y siguientes65 años (con 38 años y 6 meses cotizados)67 años

Requisito de cotización mínima (carencia): ¿cuántos años hay que haber cotizado?

Con independencia de la edad, el artículo 205.1.b de la ley exige también un período mínimo de cotización para tener derecho a la pensión:

  • Carencia genérica: 15 años cotizados en total.
  • Carencia específica: al menos 2 de esos 15 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.

Si no llegas a los 15 años cotizados, no tienes derecho a la pensión contributiva de jubilación, aunque existen alternativas no contributivas para determinadas situaciones.

Cómo se solicita la jubilación

  1. Calcula una estimación con el autocálculo de jubilación ordinaria de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  2. Descarga tu informe de vida laboral para confirmar tus años exactos cotizados (con certificado digital, Cl@ve o SMS).
  3. Presenta la solicitud online con certificado digital o Cl@ve en la Sede Electrónica (formulario 34890), o presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa.
  4. Inicia el trámite con varias semanas de antelación a la fecha prevista de jubilación.

Preguntas frecuentes

A los 65 años, porque superas el umbral de 38 años y 3 meses cotizados exigido para 2026 (Disposición transitoria séptima LGSS).

Cumples la carencia mínima de 15 años (art. 205.1.b), pero tu edad ordinaria de jubilación será 66 años y 10 meses, y tu pensión será proporcionalmente menor al no alcanzar el 100% de la base reguladora.

No. Tiene reglas de edad y coeficientes reductores propios, distintos de la jubilación ordinaria.

En el informe de vida laboral, disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, Cl@ve o SMS.

El calendario legal actual (Disposición transitoria séptima) culmina en 2027 con la regla definitiva del artículo 205.1.a (67 años, o 65 con 38 años y 6 meses cotizados). Cualquier cambio posterior requeriría una nueva reforma legal.

Dónde seguir informándote

Puedes consultar más guías sobre pensiones en nuestra categoría Tipos de Pensión, conocer más sobre nuestro método editorial en Quiénes somos, o contactar con nosotros.

Aviso: los datos de este artículo son orientativos y están basados en la normativa vigente en 2026 (RDL 8/2015 y su Disposición transitoria séptima). La normativa de pensiones cambia con frecuencia: verifica siempre tu caso concreto en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

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